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Elecciones sindicales en el Servicio Andaluz de Empleo

El pasado 9 de marzo se notificó a la plantilla a través de distintos medios la convocatoria de elecciones sindicales para renovar los comités de empresa en el Servicio Andaluz de Empleo y en todas las provincias, para el personal que en el comunicado se identifica como “personal laboral propio de catálogo de la Agencia”. Desde UITA, con el objetivo de aclarar las dudas que este anuncio ha provocado en la plantilla, queremos exponer nuestra posición y disipar las incertidumbres y/o las malas interpretaciones a fin de evitar un perjuicio a los trabajadores y enlutecer un proceso electoral que ha de ser limpio, transparente, legal y justo.

Esta decisión la ha adoptado unilateralmente el sindicato convocante, sin establecer un diálogo previo con los trabajadores o con las demás fuerzas sindicales que ostentan la representación en los comités de empresa legítimamente constituidos y conocer los intereses en juego. La situación que se presenta en el SAE no es extraña a otras agencias en las que confluyen varios convenios colectivos y existe un único comité (caso de Amaya) Pero esta realidad ha sido fruto del diálogo y el acuerdo entre los sindicatos y los trabajadores que han estimado de forma común y consensuada que exista un órgano de representación único.

UITA fue la primera en plantear este escenario al director gerente del Servicio Andaluz de Empleo tras conocer, en agosto, la situación de la plantilla. Sin embargo, el director gerente no respondió a nuestra propuesta de plantear dicho acuerdo conducente a un comité único la negociación de un convenio.

Esta falta de diálogo provoca una serie de dudas respecto a las elecciones:

¿A quiénes afectan las convocatorias? Los preavisos presentados por el sindicato convocante dicen que la convocatoria afecta a la “Agencia SAE (personal laboral propio catálogo de puestos)”.

Desde UITA consideramos al menos irregular esta referencia porque etiquetar al personal incorporado al SAE a partir de la Ley de Reordenación del Sector Público como “personal laboral propio de catálogo de la Agencia” es, a día de hoy, una falacia, puesto que a la fecha de la presentación del preaviso no existe en la Agencia SAE un catálogo de puestos que recoja a uno u otro personal. Por tanto, la primera duda que se genera es quiénes están llamados a la urnas, quienes serán electores y podrán ser elegibles.

Si el sindicato convocante no lo aclara antes, habrá que esperar a la constitución de las mesas y a la publicación de los censos provinciales.

¿Elecciones parciales o totales?

Los preavisos iniciales presentados dicen que se convocan elecciones parciales. Para los casos de Sevilla y Málaga se trataría de elecciones totales. Posteriormente, se han pretendido modificar estos preavisos a totales en las provincias de Granada, Córdoba y Almería. En todos los casos, se han producido impugnaciones, algunas de las cuales, ya se han resuelto, como es el caso de Almería, al haber desistido quienes impugnaron el preaviso.

Según el artículo 67.1 del Estatuto de los Trabajadores, podrán promoverse elecciones parciales “por dimisiones, revocaciones o ajustes de la representación por incremento de plantilla”. Es cierto que en los últimos dos años, la plantilla total del SAE ha aumentado considerablemente; bien por la reincorporación de trabajadores que fueron injustamente despedidos o bien por subrogación (caso del personal de las Escuelas de Formación del SAE que se integraron en 2016).

El personal que la Agencia, en respuesta facilitada a través del portal de Transparencia a UITA, insiste en clasificar como “personal laboral de catálogo”, incluye a los trabajadores pertenecientes al convenio colectivo FAFFE, que ya eligieron sus representantes y pudieron concurrir a las convocatorias promovidas por UITA en estos últimos años y mediante las cuales se constituyeron los actuales comités de empresa; incluye a los denominados “Alpes”, “promotores” y “Asesores MEMTA” y personal perteneciente de las escuelas de formación.

Las escuelas de formación, –según la información facilitada por el órgano competente en materia de elecciones sindicales–, también renovaron sus representantes, (en este caso delegados de personal) en 2015, por lo que mantienen su mandato hasta cumplir los cuatro años establecidos en la ley.

Por tanto, las elecciones, en su caso, sólo podrían afectar a aquellas personas que no participaron en ningunos de los referidos procesos.

¿Qué comités y cuántos delegados?

En anteriores procesos electorales promovidos por UITA, los demás sindicatos impugnaron las convocatorias por no incluir al personal laboral del VI Convenio; algunos “promotores” impugnaron los censos por considerar que no debían formar parte de la convocatoria del convenio FAFFE”, sino de las elecciones a comités del “personal laboral del VI Convenio”. Los árbitros les dieron la razón y de hecho, los laudos y las sentencias habidas en estos años, determinaron que la circunscripción electoral (electores y elegibles) era coincidente con el convenio colectivo, (de ahí que las convocatorias realizadas por UITA hasta la fecha sólo hayan afectado al personal al amparo del convenio colectivo FAFFE).

A día de hoy, hay 14 convenios colectivos vigentes en la Agencia SAE: convenio colectivo FAFFE, un convenio por cada una de las diez escuelas de formación, convenio de personal “ALPE”,  el del personal procedente de la Fundación Tripartita y el “VI  convenio del personal laboral de la Junta de Andalucía”. Estos últimos, cuentan, sin lugar a dudas, con sus procesos electorales diferenciados y sus órganos de representación constituidos y vigentes. Al igual que sucede con los órganos de representación del personal del convenio FAFFE y de las Escuelas de Formación.

En cualquier caso, sólo podrían elegirse tantos delegados como correspondiera en virtud del aumento de plantilla. A modo de ejemplo: si en Almería había 80  trabajadores y ahora hay un total de 144 trabajadores, habría que convocar elecciones para elegir cuatro delegados, según los tramos establecidos en el Estatuto de los Trabajadores.

Los nuevos delegados se incorporarían al comité ya existente y el mandato finalizaría a los cuatro años de las primeras elecciones.

Todo esto tendría mejor solución si, insistimos, hay un acuerdo entre todas las partes implicadas, sindicatos y sobre todo los trabajadores a quienes no ha habido ocasión ni de consultar ni de informar del proceso ni de los efectos de un único convenio y único órgano de representación.

Desde UITA consideramos imprescindible celebrar reuniones o asambleas informativas con todos los trabajadores antes de adoptar decisiones de manera unilateral sobre cuestiones que sin duda van a afectar a las condiciones de trabajo de todos los empleados de la Agencia SAE.

Los delegados y delegadas de UITA en las distintas provincias están a disposición de todos los empleados para despejar cualquier duda, ampliar información y promover cualquier iniciativa de reunión de forma que dicho acuerdo sea previo a la celebración de elecciones.

UITA no ha impugnado los preavisos al estimar que es justo que todos los trabajadores cuenten con una representación legítima para la defensa de sus intereses pero esto también implica claridad y transparencia en los procesos y lealtad hacia los trabajadores.

Descarga una presentación ilustrativa y resumida

 

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